El Catastro de la Ensenada de Gabia la Grande

Plano de Gabia Grande del Catastro de la Ensenada, de 1749-1756

 Mapa de Gabia Grande para el Catastro de la Ensenada

 

Gabia la Grande (Granada), fue la primera operación piloto que se concluye en el reino de España de esta recopilación de datos.

El marqués de Campoverde, intendente de Granada, comunica a la Junta el comienzo de su operación piloto, en Gabia la Grande el 3 de abril de 1750, a las cinco de la tarde.

Esta operación piloto va a ser dirigida por el intendente Luis González Torres de Navarra, marqués de Campoverde (1690-1781). Sevillano de origen y caballero veinticuatro de su ciudad natal, ocupaba el corregimiento de Granada desde 1744, por lo que Ensenada no hace en el 49 sino ampliar sus competencias a todo ese reino. Al servicio del rey desde 1709, alcanzó el grado de capitán de Caballería, momento en el que sería designado gobernador militar y político de Motril. En Granada permaneció como intendente hasta 1763 (caso único, 14 años en el mismo destino como intendente y veinte como corregidor), año en que pide el retiro. Se le concede, se instala en Sevilla y allí vive hasta su muerte en 1781, con más de 90 años cumplidos.

Casado con la canaria Josefa María de Nava y Aguilar, tuvo la pareja 15 hijos.

El martes 24 de marzo de 1750, Campoverde se persona ya en el pueblo elegido, Gabia la Grande. El día 3 de abril comienza y el 7 anuncia tener evacuadas las respuestas al interrogatorio de 40 preguntas (que se inició el día 4) y recogidos buena parte de los memoriales, disponiéndose a empezar a reconocer tierras y 160 casas al día siguiente.

En carta del día 7 expresa ya Campoverde algo que será común a otras muchas operaciones:

Nada ha sido más dificultoso, decía, que instruir a aquellas gentes en el modo de formar las relaciones que deben dar. De esta realidad saca una primera consecuencia, en la que también coincidirán varios intendentes: la conveniencia de mandar imprimir unos formularios que ayuden a la gente a formalizar sus declaraciones. El día 21 de abril anuncia ya Campoverde que está a punto de acabarse el reconocimiento. Y en efecto, acaba el domingo 26, retirándose toda la audiencia a la capital para hacer los libros. Se preocupa entonces Campoverde de hacer ver a la Junta que había empleado en total 22 días en evacuar todo salvo los libros, dato que considera será de gran utilidad para estimar qué se puede tardar en averiguar toda la Corona.

Campoverde empleó algo más de mes y medio en extender los libros y formalizar todos los materiales precisos, especialmente los mapas o estados. El 16 de junio salen de Granada para Madrid los que se convertirían en documentos históricos, por ser los correspondientes a la primera operación acabada del Catastro de Ensenada. El intendente granadino envía: dos libros del vecindario, uno de legos y otro de eclesiásticos; dos libros de lo real (él los llama de lo producible), uno también para cada estado; las respuestas al interrogatorio, en 42 páginas; un legajo con 639 hojas conteniendo los 567 memoriales de legos recogidos, la mayoría hacendados forasteros; los de eclesiásticos tenían 19 hojas y correspondían a 9 relaciones; otro de 31 hojas con los documentos probatorios de la pertenencia a la villa de sus alcabalas; otro de 13 hojas, probatorio de la pertenencia de dos escribanías; y así media docena de documentos más: certificado de propios, otro de los gastos del concejo, diligencias relacionadas con la averiguación y estados.

La principal conclusión que saca Campoverde es que son los memoriales la causa fundamental del mucho tiempo preciso para operar un pueblo; por eso propone suprimirlos sin más, sobre todo por lo que se refiere a declarar las tierras. El hilo argumental tiene interés: la rusticidad de la gente no ayuda a que las hagan como se les pide, por lo que aumenta el trabajo al tener que examinarlas detenidamente y anotarlas para que vuelvan a hacerlas, lo que consume tiempo y trabajo; teniéndolas ya todas bien hechas, es imposible servirse de ellas para los cotejos, porque la letra en muchos casos es ilegible y porque cada relación sigue un orden distinto. 

Es más, muchos datos son incorrectos, pues en todos sitios sucede que hay muchas tierras pendientes de ultimar repartos entre coherederos, aunque entre ellos hayan llegado a acuerdos privados de uso y aprovechamiento; sucede entonces que el propietario legal declara todas las tierras como suyas, y cada uno de los coherederos también las que ellos explotan, originando una gran confusión; no es tampoco remediable, señala Campoverde, que algunos dueños oculten por malicia la verdad, lo que pone en apuros a los peritos de la villa, que quizás no quieran dañar a tales dueños.

Su propuesta es que sean los peritos quienes hagan directamente las descripciones de las tierras, sus cabidas, calidades y confrontaciones, señalando quiénes sean sus dueños; en la práctica, recalca, es lo que hacen en los reconocimientos, por lo cual parece poderse evitar los memoriales, que podrían quedar reducidos a los datos personales, las utilidades por oficio o comercio, el ganado y los censos.

La Real Junta de Única Contribución designó a uno de sus miembros, José Francisco Alós y Rius, marqués de Puertonuevo1[1], para ocuparse de estudiar pormenorizadamente todas las operaciones-piloto, debiendo emitir un dictamen sobre si se adecuaban o no a la Instrucción y señalando los reparos que debieran hacerse a lo actuado. Puertonuevo recibe los papeles de Gavia la Grande el lunes 22 de junio y establece ya un modelo de estructura en el dictamen que mantendrá invariable en las 21 piloto restantes, aunque en ésta de Gavia empleó un modelo en parte vacilante pero importantísimo, pues va a ir viendo punto por punto en qué medida se había procedido de conformidad con la Instrucción, percatándose ya de las que iban a demostrarse como principales dificultades. Su dictamen lleva fecha de 1º de julio, y fue visto en Junta el día 2, jueves.

1[1] El marqués de Puertonuevo, al que la Junta encomienda el estudio de todas las operaciones-piloto, elabora en este caso un informe para probar ante la Junta que la decisión de reconocer las tierras había sido muy acertada. Para ello compara lo dicho en los memoriales y lo anotado en los libros, constatando varios centenares de diferencias debidas a rectificaciones anotadas en el reconocimiento. José Francisco de Alós y Ríus, I marqués Puertonuevo, había nacido en Barcelona en 1687, en una familia ligada a la Audiencia de Cataluña: tanto su padre, José Alós y Ferrer, como su tío, Ignacio Ríus desempeñaron el cargo de oidores de la Nueva Audiencia de Cataluña desde 1716. Estudió en la Universidad de Barcelona, consiguiendo los grados de licenciado y doctor en Jurisprudencia. En 1714 fue relator de la Superintendencia de Cataluña. En 1716 es nombrado asesor de la Superintendencia de Rentas Reales, ocupándose de la planificación de todas las rentas y establecimiento del catastro. En 1720 se le nombra alcalde mayor de Barcelona, y posteriormente juez ordinario de Lérida y su partido. De él dirá el conde de Montemar, corregidor de Barcelona, que es un “sugeto en quien concurren admirables partes, de fidelidad, literatura y aplicación, y que es de un conocimiento singular de este Principado y de precedentes honradísimos y tales que ha merecido la aprobación de todos los inferiores”.

Tras desempeñar una comisión en Sevilla es nombrado en 1732 oidor de la Audiencia de Cataluña. Es autor, junto con el también oidor Manuel de Montoya, de las Ordenanzas de dicha Audiencia, labor por la que se le nombra alcalde de casa y corte, cargo del que toma posesión en 1741; el 15 de enero de 1742 se le nombra regente de la Audiencia de Cataluña. Consta que, fue designado por Fernando VI para dicho cargo a pesar de no figurar en la terna que le había sido presentada.

Desde dicho cargo pasará a formar parte de la Real Junta de Única Contribución.

Primera y última páginas del estado D de legos de la provincia de Granada. Aquí, al igual que en Mancha, la banda de valores de tierras es amplia, desarrollándose entre 3.000 y cero reales. Como siempre, las casillas para los valores altos aparecen casi vacías, concentrándose la mayoría en la banda entre 6 y 100 reales por unidad de medida. En los estados aparecen la firma del intendente, Campoverde, y la de los dos responsables de la contaduría. Puertonuevo preparará un extracto de cada operación piloto para conocimiento de la Junta, a la que exponía también su dictamen y su propuesta de reparos. Si, como fue habitual, los papeles de la averiguación llegaban a la Junta con carta del intendente exponiendo alguna duda, Puertonuevo la extractará también y pasará a la misma Junta su propuesta de soluciones a lo planteado.

Lo primero que señala Puertonuevo es que es de admirar la brevedad con que ha operado el intendente y aplaudir la dirección y el arreglo en lo más sustancial. Da cuenta seguidamente de que las respuestas se habían evacuado con todas las formalidades (asistencia del cura, justicia, regidores, escribano y peritos; juramentos prestados). Examina también Puertonuevo los memoriales, considerándolos correctos.

Sigue después señalando que consta que se reconocieron las tierras y las casas, y la prueba más palpable de ello es que había numerosísimas partidas en los libros que presentaban variaciones respecto a las mismas en los memoriales. Puertonuevo examina nada menos que 425 casos para ver el grado de coincidencia entre ambos documentos, comprobando que sólo se da en un 25%; en los demás casos hay cambios, unas veces a favor del rey y otras de los vasallos.

En su análisis no faltan unas pinceladas sobre el pueblo: que Gavia la Grande contaba con 535 vecinos, incluidos eclesiásticos (en el Vecindario resultarán ser, una vez hecho el reconocimiento, 567 legos y 9 eclesiásticos).

Gavia era del señorío del conde de Gavia. El término ocupa 5/4 de legua de levante a poniente; 1/4 de norte a sur y 2,5 leguas de circunferencia. Contaba con tierras de sembradura y viñas. No hay bosques ni matorrales. En las tierras sólo hay plantados unos pocos olivos, mezclados con los viñedos en cultivo promiscuo.

En la vega existían también morales, unos y otros plantados sin orden, a excepción de dos hazas de olivos y una de morales en las que forman hileras. La medida de regadío es el marjal. La medida de secano es la fanega. En un marjal de olivos entran 8 pies; y en un marjal de morales, 10 pies, que dan 30 arrobas de hoja. Las tierras de vega son aproximadamente 3.500 marjales y las de secano unas 2.000 fanegas. En el secano siembran trigo y cebada; y en la vega, trigo, lino, cáñamo y habas. Excepcionalmente, la vega se sembraba de maíz y mijo. Los precios de los productos que señalan las respuestas eran: trigo (18 rv la fanega); cebada (9 rv); habas, maíz y mijo (10 rv); lino (25 rv); cáñamo (15 rv); aceite (17 rv la arroba); uva (10 rv la carga); hoja de moral (2 rv la arroba). Se señala que los precios son los que rigen en el momento de la recogida de la cosecha, que es cuando los labradores tienen que vender los productos por su miseria. Como sucede en buena parte del reino de Granada, también en Gavia existe un gravamen poco frecuente en otras provincias: un censo de población, por el que pagan anualmente a la Corona 8.820 reales y 22 maravedíes. Por lo demás, los frutos agrarios están gravados con el diezmo, la primicia (por la que pagan media fanega de cada especie que cojan llegando a 5 fanegas de cosecha, sin pagar más por grande que ésta sea), y el voto de Santiago, consistente aquí en el pago de media fanega de trigo por cada yunta de las que echan a labrar; y si no cosechan trigo, el pago se hace con la siguiente mejor semilla. Del voto no quedan libres los pujareros, aunque siembren con tierra y yunta arrendadas.

Gabia cuenta en esta fecha con 9 hornos fijos de cocer teja y ladrillo (sólo 5 en uso); uno de los en uso es de la Cartuja de Granada, que lo tiene arrendado. Asimismo, hay 14 hornos móviles de yeso. Cuenta Gabia con 4 criadores de ganado lanar y 3 de cabrío.

Al vacuno no se le regula utilidad, por destinarse sólo a labrar el campo, entendiendo que el valor de su utilidad quedaba subsumido en los frutos. Las respuestas dan cuenta también del ganado yeguar y caballar (al que llaman de mano), mular, asnal y de cerda; dan cuenta incluso de la existencia de 14 ó 15 yeguas en el cortijo de Las Chimeneas, fuera del término.

Exenta la villa de Gabia la Grande del pago del servicio ordinario y extraordinario, contaba con 12 tabernas, 2 mesones en la calle Real, 1 tienda pública, 6 panaderías, 1 carnicería de una tabla y 2 tiendas de especiería. No disponía de médico (porque cuando se necesita se llama de la ciudad de Granada y su ynmediazión), pero sí de cirujano y boticario. Contaba asimismo con 2 escribanos. Entre sus artesanos y comerciantes, cabe destacar la existencia de 23 arrieros trajinantes y 2 carreteros, 2 albéitares, 2 herreros, 3 sastres, 4 tejedores de lienzos, 4 alpargateros, 3 barberos y 1 carpintero. Los jornaleros eran cerca de 300, con 1,5 reales al día de jornal. El número de pobres de solemnidad era nada menos que de 120 cabezas de casa. Por último, señalar que la asistencia espiritual era prestada por 9 presbíteros y 2 de órdenes menores.

Pasa después Puertonuevo a recoger en su dictamen los reparos, que en el caso de Gavia son numerosos, prolijos y razonados. Que las cargas declaradas por los vecinos en sus memoriales no se han pasado a los libros; para remediar este problema sugiere Puertonuevo que dé un edicto en el pueblo concediendo 30 días a todos los declarantes para que aporten alguna prueba jurídica de las cargas hipotecarias que han recogido en sus relaciones, y que a los que las presenten se les anote al margen de las partidas la expresión verificada, advirtiendo en el edicto que la justificación se les admitirá en todo tiempo yendo a la propia intendencia o a donde estén los libros. Aprovecha Puertonuevo para formular dos recomendaciones: que en los próximos libros limpios que haga que ponga seguidas todas las pertenencias de cada declarante, en lugar de hacerlo como ahora (tierras de regadío por un lado, de secano por otro, casas después, etc.).

Recomienda también dejar más margen a la derecha por si hay que poner notas en lo sucesivo. Ya en Junta se añade a estos reparos que los vecinos aparezcan en los libros por su correspondiente alfabeto. También se le advierte que los libros de lo producible no llevan más firma que la del intendente. Opina Puertonuevo que, dado que tales libros son los que deben dar ley de los repartimientos de la carga que S.M. resuelva imponer, deben llevar también las firmas de la justicia, regidores, peritos y escribano, cuya fe debe dar cuenta de esta solemnidad, de los que hubiesen asistido a ella y de todo lo demás que hubiese ocurrido digno de notarse. Dice asimismo Puertonuevo en este punto que los planes no deben hacerse hasta estar todo lo demás acabado y publicado, porque los mismos no tienen otro fin que una pronta y manual evidencia, respecto de que toda la basa ha de estribar en las respuestas generales y en los libros en limpio publicados y consentidos. Que es preciso obtener e incluir en las diligencias declaración jurada de todos los peritos que participen en los reconocimientos de tierras y edificios de que han valorado según su arte y pericia.

Que no puede obviarse la lectura en ayuntamiento a puerta abierta de los libros de lo producible, y la firma ulterior del intendente, justicia, regidores, peritos y escribano, pues este acto y formalidad son los que fundan el derecho del rey y el público. Además de la lectura, se ordenará en la sesión de la Junta advertir a Campoverde de que en los sucesivos pueblos deberá abrirse un plazo antes del acto solemne de lectura para que el que quisiese reconocer sus partidas concurra a las casas de ayuntamiento o a las que para este fin fueren señaladas.

La Junta manda devolver todos los papeles a Granada junto con el escrito de aprobación y reparos, al que añade otro de respuesta a la carta de remisión de Campoverde.

Aludiremos únicamente a los asuntos más importantes. Así, sobre su preocupación por la tardanza (él no sabía que era el primero que entregaba), se le señala que el rey no coarta el tiempo, aunque desea la brevedad de la obra por si resulta utilidad al vasallo.

Y sobre su propuesta de eliminar los memoriales, se le responde que la Junta sopesará si conviene representar al rey su propuesta, pues, aunque se opone a las Reales Instrucciones, no desmerece atención y aprecio. La vía reservada también le llevó a Campoverde una cariñosa esquela, firmada en Aranjuez el 23 de junio, de Bartolomé de Valencia: Hace tres semanas que me hallo en cama, molestado de “yrisipela” en los pies, que no quiere ceder sin embargo de una sangría, baños y otros medicamentos, por lo cual me tienen privado los médicos de escribir ni tratar asunto alguno.

He tenido particular complacencia en que V.S. haya evacuado el de la única contribución en Gavia, remitiendo a la secretaría de la Junta los libros de las diligencias, y aun los planes, que he recibido y reconoceré, que siendo los únicos que han llegado hasta ahora, tiene V.S. la gloria de ser el primero que ha concluido.

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